Corte Suprema obliga a Carabineros a entregar información detallada sobre controles de identidad
La Tercera Sala de la Corte Suprema dictaminó que Carabineros tiene 60 días para entregar a la Clínica Jurídica de Acciones de Interés Público y Derechos Humanos (AIP), de la Universidad Diego Portales, la información detallada sobre los controles de identidad.
La solicitud de transparencia fue presentada ante Carabineros el 31 de julio de 2017, por los abogados de la UDP Mauricio Duce y Ricardo Lillo, quienes requerían información sobre las detenciones realizadas mediante el Control de Identidad Preventivo en el marco de la investigación del proyecto Fondecyt N° 1150073 “Errores de la justicia penal: investigación empírica y dogmática sobre sus causas en nuestro país y recomendaciones para evitarlos”.
Las informaciones y datos solicitados de manera desagregada se refieren a la nacionalidad, género, comuna de residencia de las persona controladas y lugar donde se realizó el control, entre otros detalles fundamentales para el análisis de la investigación.
Respecto a la petición realizada por los abogados, Carabineros no entregó la información, aduciendo a que no contaban con esos antecedentes. Con el objetivo de que la policía elaborara y sistematizara esas informaciones, los abogados de la UDP Mauricio Duce y Ricardo Lillo recurrieron al Consejo de Transparencia. En enero de este año, El Consejo dio la razón a la policía uniformada, pero aconsejó a Carabineros comenzar a generar dichas informaciones.
“Nos pareció inaceptable porque es una forma de saltarse el espíritu de la ley. La existencia de estos datos es clave para poder controlar que la policía y, particularmente Carabineros, realicen bien sus facultades legales”, explica el abogado Mauricio Duce.
En relación a lo que indica el Consejo para la Transparencia, el abogado de la UDP explicó que, acogiéndose a su argumento presentado ante el tribunal de alzada, se demostró que “cuando se dictó la ley que reguló los controles preventivos se puso una norma explícitamente de producción de datos que, si bien no especificaba estos rubros que nosotros estábamos pidiendo, era evidente que tenían por objeto favorecer un control público a la actividad policial”.
Desde la decisión del Consejo de Transparencia se recurrió a la Corte de Apelaciones de Santiago, la cual falló a favor de los abogados, ya que debido a diferentes normas nacionales e internacionales establecen a las policías a efectuar estos datos para un eventual control ciudadano. Tras esto, Carabineros interpuso un recurso de queja en la Corte Suprema.
El pasado 4 de octubre, se presentaron ante la Corte Suprema el abogado Cristian Riego y Ricardo Agliati en defensa de Carabineros. En los alegatos del recurso de queja, la policía uniformada volvió a indicar que era imposible obtener los datos ya que no contaban con ellos, además de que la ley no les imponía la obligación de elaborar dicha información. Por otro lado, añadieron que no podrían cumplir con su elaboración en el plazo de 60 días interpuesto por la Corte de Apelaciones. Sin embargo, la Corte Suprema falló en favor de los abogados y la Clínica AIP UDP tras lo cual tendrán que entregar los datos solicitados para la investigación.