Nuevamente los vecinos tenían la razón: Ahora en Peñalolén
En una edición pasada de la revista Qué Pasa se publicó una nota referida a un edificio de 9 pisos de la Inmobiliaria Krono a construirse en un terreno de 4.000 m2 de superficie, localizado en la calle Juan de Dios Vial 4.400, con un permiso de edificación cuya solicitud ingresó en la Dirección de Obras Municipales (DOM) de Peñalolén en una fecha en que esa zona no estaba regida por un Plan Regulador Comunal (PRC), es decir, en un sector que carecía de normas urbanísticas locales.
Las organizaciones vecinales del sector Las Pircas reclaman porque, según ellos, el permiso se habría otorgado en un período en que estaba vigente el congelamiento de la construcción de edificios de más de 14 metros de altura, según está establecido en el artículo 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC). Asimismo los vecinos nos han informado que en ese terreno existe una casa-habitación desocupada que se deberá demoler tan pronto el Seremi de Salud emita el respectivo certificado de desratización, lo que todavía no ocurre.
En dicha revista la municipalidad de Peñalolén, vía su DOM, aseguró que se había despachado la aprobación final del proyecto el 30 de agosto de 2017 y que el citado permiso de edificación fue tramitado dentro de los plazos legales, sin que existiera para ese municipio ninguna herramienta legal para limitar su avance, ello en virtud del Artículo 1.1.3 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC). Después de esta contundente versión de los hechos, los lectores de la revista debieron creer lo informado por el municipio.
Estamos hablando de un territorio excluido al desarrollo urbano conocido como Quebrada de Macul y en atención a esta circunstancia, el proyecto residencial de 48 viviendas con 99 estacionamientos para vehículos motorizados, con un total de 12.100 m2 a construirse sobre y bajo el nivel natural del suelo se acogió a las normas “transitorias” del artículo 3º del Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) instrumento normativo vigente desde el año 1994, luego, desde hace 24 años atrás (?).
En razón a que los vecinos nos pidieron nuestra opinión sobre la materia, le pedimos a ellos que se consiguieran en esa municipalidad algunos documentos oficiales, con los cuales podríamos emitir un juicio : 1.- el Certificado de Informaciones Previas (CIP), 2.- la resolución de anteproyecto, 3.- el permiso de edificación, 4.- la publicación en el Diario Oficial del congelamiento de permisos, 5.-el Decreto Alcaldicio del nuevo PRC de Peñalolén, habida cuenta que se estaba tramitando una ampliación del límite urbano que iba a originar una nueva zona en el PRC de Peñalolén y 6.-el certificado de desratización del Seremi de Salud.
Se nos entregó un CIP impropio de fecha 12/02/18 (sic), los cuatro actos administrativos siguientes y con respecto al sexto se nos expresó que todavía no está listo y tan pronto revisamos la documentación podemos decir lo siguiente :
Cuando los actores inmobiliarios que deambulan por esa comuna ya sabían que ese territorio rural se iba a transformar en urbano, el 20 de mayo de 2016 se aprueba al grupo Krono una resolución de anteproyecto en dicho predio, amparado en las disposiciones técnicas contenidas en el subsector 11b; Peñalolén Lo Hermida, del Sector Geográfico Oriente del PRMS. Equivocadamente el DOM fijó una vigencia de 6 meses para este anteproyecto, a pesar de que por tener más de 10.000 m2 a construirse, su validez es de un año, con lo cual venció el 20 de mayo de 2017.
El 11 de agosto de 2016 se aprueba al interior del Concejo Municipal la Modificación al PRC de Peñalolén, con nombre Extensión del Límite Urbano-Peñalolén Nuevo, iniciándose los estudios de rigor y enviándose más adelante al Seremi de Vivienda y Urbanismo la solicitud para que apruebe el nuevo territorio urbano.
Se publica en el Diario Oficial del 19 de octubre de 2016 el congelamiento de ingresos de solicitudes de anteproyectos y permisos de edificación en la DOM de Peñalolén, con vigencia de hasta un año, es decir, esa postergación vencía el 19 de octubre de 2017. El Seremi de Vivienda y Urbanismo, con fecha 31 de julio de 2017, entrega su visto bueno a la ampliación urbana del PRC de Peñalolén, cuyo Decreto Municipal es publicado el 25 de agosto de 2017 en el Diario Oficial.
Estando vigentes las nuevas disposiciones del PRC de Peñalolén, las que fijan una altura máxima de 4 pisos para la zona en donde se localiza el terreno de Krono, el DOM aprueba a su titular el 30 de agosto de 2017 el permiso de edificación en la zona 11b, ya mencionada del PRMS. Dada la extrema fragilidad del nuevo territorio urbano se estipuló que para la ejecución de los nuevos proyectos inmobiliarios se debían realizar los correspondientes estudios de mecánica de suelos, los que debían ser aprobados por el Servicio Nacional de Geología y Minería, más otras exigencias establecidas en la OGUC.
Por lo relatado, el DOM no debió haber cursado el permiso de edificación en una fecha en que estaba vigente el congelamiento, también vigente el nuevo PRC de Peñalolén y más encima estando caducado el anteproyecto, ello en concordancia con el artículo 1.4.11 de la OGUC que prescribe, entre otras cosas, que “las postergaciones de permisos a que se refiere el artículo 117 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, no afectarán a las solicitudes ya ingresadas a la Dirección de Obras Municipales ni a los anteproyectos aprobados mientras mantengan su vigencia", teniéndose presente también que las normas de tales anteproyectos se utilizan para la obtención del permiso de edificación durante el plazo de 180 días o un año, según los m2 a construirse descritos en los mismos y en este caso es un año.
En resumen, los vecinos tenían razón y por ende el DOM deberá invalidar el permiso de edificación y el inmobiliario Krono podrá solicitar un nuevo permiso adscribiéndose a las más restrictivas normas urbanísticas vigentes desde el 25 de agosto de 2017 en el PRC de Peñalolén. Ahora cabe la pregunta ¿en la DOM se cometieron errores voluntarios o involuntarios?, respuesta que este columnista no está en condiciones de responder.