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Por qué el Mamo Contreras no podrá recibir honores fúnebres del Ejército
Distintas voces se han sumado a una demanda creciente en organizaciones de víctimas de la dictadura, que busca degradar a todos los efectivos de las Fuerzas Armadas condenados por delitos de lesa humanidad, y tras agravarse la salud del "Mamo" Contreras, senadores de la UDI como Hernán Larraín han apoyado dicha moción, todo para evitar que el insigne violador de los derechos humanos no reciba honores fúnebres de parte del Ejército.
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Sin embargo, este jueves se dio a conocer la existencia de un decreto supremo que permitiría que, al menos en cuanto a la ceremonia mortuaria, no se realice ningún tipo de gesto por parte de la institución castrense.
Se trata del Decreto Supremo N° 85 del 2009, disponible a través de Transparencia, el que realizó una importante modificación al Reglamento de Servicio de Guarnición de las Fuerzas Armadas, cuerpo normativo que regula dichas ceremonias.
El texto con fuerza ley modificó la letra g) del artículo 155 de dicho reglamento. Con ello, se estipula que se rendirán honores fúnebres "al personal de las Fuerzas Armadas en retiro que haya prestado más de 20 años de servicios, siempre que no haya abandonado las filas en cumplimento a medidas que le afecten legalmente para recibir honores, o bien, haya sido condenado por sentencia ejecutoriada a pena aflictiva".
Lee el documento completo a continuación:
Con esto, el "Mamo" Contreras queda inhabilitado de recibir honores cuando se celebre su funeral.