Ley de Identidad de Género: Aprueban cambio de nombre y sexo registral para menores de edad

Ley de Identidad de Género: Aprueban cambio de nombre y sexo registral para menores de edad

Por: El Desconcierto | 18.06.2018
Por 7 votos a favor y 3 en contra, la Comisión Mixta del Congreso aprobó incorporar a niños y niñas menores de 14 años.

Pasadas las 15:30 horas de este lunes 18, y luego de haber postergado por una semana su votación, la comisión mixta del proyecto sobre Identidad de Género aprobó el cambio de sexo registral para menores de edad.

En la sesión destacó la propuesta del senador Juan Ignacio Latorre, quien presentó ante la Comisión una propuesta con la que buscaba incluir a menores de 14 años en dicha normativa. Para ello, contaba con el respaldo de la diputada Natalia Castillo (RD) y de la senadora Adriana Muñoz (PPD).

Las organizaciones de diversidad sexual como OTD Chile o Movilh estaban pendientes de la votación en el Congreso.

Los parlamentarios decidieron primero, por 6 votos contra 2, incluir a mayores de 14 años en la iniciativa. Votaron a favor el senador Juan Latorre, Felipe Kast y los diputados Matías Walker, Raúl Saldívar, Natalia Castillo y Jaime Bellolio. En contra se pronunciaron la senadora Jacqueline Van Rysselbergue y el diputado Diego Schalper.

Luego, en una segunda votación, por 7 votos contra 3, se inclinaron a favor de que menores de 14 años también puedan adherirse al cambio registral. La idea fue aprobada con los votos de los senadores Adriana Muñoz, Latorre, Kast y Alejandro Navarro y de los diputados Walker, Zaldívar y Castillo. En contra lo hicieron la senadora Van Rysselbergue y los diputados Schalper y Bellolio.

Del mismo modo, se aprobó el artículo 7º de la iniciativa respecto al cambio de nombre y sexo registral ante el Registro Civil en el caso de personas mayores de 18 años sin vinculo matrimonial vigente. En consecuencia, el cambio sería un procedimiento administrativo.

Se aprobó también el artículo 8º que regula el procedimiento de cambio de nombre y sexo registral ante el Registro Civil. Eso sí, se exige la presencia de dos testigos que acrediten que la persona conoce los efectos jurídicos.

Por último, se aprobó el inciso primero de la propuesta del ejecutivo que señala que el Tribunal de Familia es el órgano competente para conocer las solicitudes de cambio de nombre y sexo registral de adolescentes entre 14 y 18 años.