La vuelta de chaqueta del gobierno en Caso Iglesia: Desconocieron acuerdo tras huelga de hambre
Una particular situación se vivió hoy en el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco, justo después de que los jueces comunicaran la condena contra Benito y Pablo Trangol y la absolución de Ariel Trangol y Alfredo Tralcal en el marco del llamado Caso Iglesia.
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Vale recordar que los cuatro imputados fueron detenidos la misma noche que ocurrió el incendio en la iglesia evangélica ubicada en el sector de Níagara, comuna Padre de las Casas. Ante la lentitud del proceso -juicio terminó 1 año y 10 meses después de la detención- los imputados adoptaron una huelga de hambre el año pasado que se extendió por más de 100 días y que los tuvo al borde de perder la vida. Su principal exigencia era un juicio justo y que se retire la calificación de terrorista del hecho.
Después de varios dimes y diretes, finalmente el entonces ministro de Interior, Mario Fernández, llegó a un acuerdo con los huelguistas, acordando que ellos -el gobierno- solo acusarían por el delito de incendio y quitarían la calificación terrorista de la Ley 18.314.
Por eso, los huelguistas bajaron la medida de presión. Y la promesa se cumplió en el juicio oral, tal como se lee en el auto de apertura, de fecha del 28 de diciembre de 2017, en que el abogado Hernán Valdebenito, representante de la Intendencia de La Araucanía, querellante en la causa, solo acusó por incendio común.
Así, mientras el Ministerio Público insistió en la calificación terrorista y pedía 20 años de prisión, el gobierno solo pedía 5 años, pena correspondiente al delito de incendio.
Hoy, tras conocer la sentencia contra Pablo y Benito Trangol, el mismo abogado Hernán Valdebenito realizó una verdadera vuelta de chaqueta.
El representante del gobierno desconoció el acuerdo y el propio auto de apertura que él firma y pidió que a los hermanos Trangol se les condene a 20 años, por la agravante de causar terror entre las personas que estaban en el templo. Es decir, volvió a incluir el carácter terrorista mediante agravantes que él nunca pidió en el juicio.
La solicitud, según explicaron los abogados defensores de los hermanos Trangol, incumple toda norma del proceso reglado del juicio oral. A esto se suma el hecho que los jueces rechazaron el carácter terrorista del delito.