Ezio Costa por apoyo del Gobierno al TPP-11 y negativa a firmar Escazú: “Es claro que se prefiere proteger a quienes ya tienen poder”
El domingo recién pasado el ministro de Relaciones Exteriores, Andrés Allamand (RN), comentó en el programa Mesa Central que la intención del gobierno era activar la aprobación del Tratado Integral y Progresivo de Asociación Transpacífico, conocido como TPP-11, cuyo trámite a sala en el Senado quedó suspendido tras las manifestaciones ciudadanas previas al 18 de octubre del año pasado.
“Nuestra idea es retomar las conversaciones antes de fin de año. Hoy hay evidencia que no estar en el TPP nos está causando mucho daño”, aseguró Allamand.
La postura del Ejecutivo respecto al TPP-11 no pasó inadvertida considerando los argumentos esgrimidos por el propio Gobierno para desestimar, en septiembre pasado, la firma y ratificación del denominado «Acuerdo de Escazú» debido a supuestos problemas de soberanía que generaría dicho Acuerdo.
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En conversación con El Desconcierto, Ezio Costa, abogado y Director Ejecutivo de FIMA, ONG dedicada a la defensa medio ambiental, señaló que la posición del Gobierno resulta ser una extraña manera de entender los intereses del país y sobre todo la soberanía, considerando que el TPP-11 amplía las posibilidades de que Chile sea demandado en tribunales arbitrales internacionales, así como obligaciones de transparencia y coherencia regulatorias pensadas para favorecer a dichas empresas y capitales. Mientras que, por el contrario, el Acuerdo de Escazú genera una distribución de poder interna que le permite a la ciudadanía mejores oportunidades para, efectivamente, ejercer su soberanía.
¿Vez alguna incongruencia del ejecutivo al rechazar Acuerdo de Escazú y promover el TPP-11?
No veo una incongruencia, sino que se expone una realidad. El gobierno consideraba que Escazú "era contra los intereses de Chile", porque reconoce derechos humanos que permiten un país más democrático y mayor protección del medio ambiente. Esa protección la ven como un problema para la certeza de la inversión en industrias extractivas. En el caso del TPP11, los derechos son para los inversionistas principalmente y la incertidumbre para las personas en los territorios, para las generaciones futuras y para las posibilidades de emprendimiento en algunas áreas. Es claro que se prefiere proteger a quienes ya tienen poder, en lugar de intentar balancear la cancha un poco.
¿Por qué Escazú podría afectar la soberanía nacional y el TPP-11 no?
Ambos afectan la soberanía de Chile en el sentido de que cualquier tratado lo hace. Cuando un país celebra un tratado, está comprometiendo algo y eso es soberanía. La diferencia es con quien. En Escazú, ese compromiso es con los ciudadanos de Chile, se está cediendo poder en favor de ellos. En el caso del TPP11 es con los inversionistas extranjeros. En ambos casos, con los países que son parte de los tratados, también.
¿Vez algún problema en avanzar en la ratificación del TPP-11 considerando que el denominado "Acuerdo por la Paz y nueva Constitución" deja especificado expresamente que las facultades de la Convención en la redacción de la Nueva Constitución deberá respetar los tratados internacionales ratificados por Chile?
No veo problema en ese sentido y creo que es un error otorgarle aún más poder a este tipo de tratados, diciendo que producen un tope en nuestra facultad constituyente. No lo producen, los tratados internacionales deben ser respetados por la Convención, en cuanto ellos establecen derechos universales que no pueden ser negados. En el caso de los acuerdos comerciales, se establecen reglas de comercio, pero no se tratan materias que son propias de una Constitución, no hay acuerdos comerciales que puedan ser "contradecidos" por una Constitución y por lo tanto no son un límite a lo que pueda hacer la convención. Sí es posible que, en el futuro, a propósito de nuevas reglas constitucionales se lleven a cabo cambios normativos que terminen en alguna acción que incumpla un tratado comercial, y en ese caso son los propios tratados los que tienen sus mecanismos de solución. Los tratados comerciales no limitan al poder constituyente.