Tras polémico funeral de su tío Bernardino: Condenan a Magdalena Piñera por arriesgar la salud pública
Magdalena Piñera Echeñique, hermana del presidente Sebastián Piñera, fue declarada culpable por violar el artículo 318 del Código Penal, alusivo al resguardo de la salud pública que ella puso en peligro, de acuerdo a lo establecido por ley.
La resolución apunta a hechos que se circunscriben al 21 de junio de junio último, cuando el país enfrentaba el peak de la pandemia, momentos en que la familia del mandatario sufría la pérdida de Bernardino Piñera, sacerdote y emblemática figura del clan que lleva este apellido.
De acuerdo a la acusación de la Fiscalía y los antecedentes que este viernes transparenta Biobío, Piñera se dio cita en el camposanto sin solicitar el respectivo permiso temporal requerido por protocolo en cuarentena, una medida a la que estaba afecta gran parte de la región Metropolitana durante esas semanas, justamente a causa del impacto del COVID-19, patología que tenía Piñera al momento de su deceso.
A Piñera se le impuso sanción de 6 UTM de la que podría quedar liberada
Tras establecerse su falta a la normativa vigente luego de una querella interpuesta por el abogado Luis Mariano Rendón, la justicia estableció el pago de una multa de 6 UTM, una cifra que bordea los $300 mil de la que Piñera podría quedar liberada.
Esto porque de acuerdo al criterio del juez César Orellana, del Segundo Juzgado de Garantía de Santiago, existen antecedentes para no imponer la pena, debido a que la transgresión se generó en el contexto de la pérdida de un ser querido, a lo que se adiciona Piñera tiene irreprochable conducta anterior.
En consecuencia, se decretó la suspensión de la pena por un plazo de seis meses dentro de los cuales si ella no es objeto de un nuevo requerimiento o una nueva formalización, será finalmente sobreseída por esta causa.
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Pese a que el comentado funeral desató una seria controversia por la cantidad de gente que aglomeró, a lo que se suma que el propio Presidente Piñera incluso levantó la tapa del féretro, lo que estaba prohibido, tras su realización la subsecretaria de Salud, Paula Daza, fue categórica en desmentir las faltas, asegurando que “el protocolo fue absolutamente cumplido”.
Rendón: "Hay irritantes diferencias que debiesen ser sancionadas"
"La resolución es una pequeña muestra de igualdad ante la ley en este país. Infringió normativa sanitaria al no solicitar el permiso correspondiente y como cualquier chileno sorprendido en esa circunstancia, debe ser sancionado. Eso debe ocurrirle a cualquier persona. Es normativa que es relevante para resguardar la salud de la población y no puede ser que personas que tienen mayores responsabilidades o que están vinculadas al poder sientan que están eximidas de cumplir con eso", plantea Luis Mariano Rendón, abogado querellante en esta causa en conversación con El Desconcierto.
No obstante lo anterior, agrega que el hecho de que ella "no haya obtenido permiso es una de las irregularidades menores que ocurrieron en ese funeral. Todos pudimos ver cómo el número de asistentes era muy elevado. Otros chilenos han tenido que despedir al ser querido con el núcleo solamente más cercano y con los ataúdes sellados. Aquí vimos cómo el Presidente de la República se acercó, levantó la tapa, en circunstancias de que de acuerdo a lo que se acreditó en la investigación su tío murió por Covid".
Para Rendón las irregularidades observadas no sólo son constitutivas de transgresión legal sino que, además, deben ser sancionadas.
"Había mucha gente en ese funeral, incluso músicos, condiciones completamente distintas en los momentos más crudos de la pandemia a las que tuvieron que soportar otros chilenos que perdieron a sus seres queridos, por eso es importante que esas otras irregularidades también sean sancionadas, esperamos que el Ministerio Público continúe en esa labor", complementa el abogado dejando claro que su acción judicial es más amplia y que trasciende a la falta en la que incurrió la hermana del Presidente para asistir al funeral de Bernardino Piñera.
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En otra arista alusiva a la concurrida despedida, el abogado apunta a los dichos de la subsecretaria de Salud durante esos días en que defendió la realización del rito y, específicamente la manera en que este se llevó a cabo. "La señora Daza lo que ha demostrado en todo este tiempo, es una completa obsecuencia al poder, una mirada completamente permisiva frente a las irregularidades que se cometen desde el gobierno, así que no me extraña que se haya adelantado a señalar que todos los protocolos estaban perfectos", dice.
"Esto está demostrando que al menos había ya una irregularidad y seguramente hay otra", agrega luego.
Consultado por la posibilidad de que la multa económica establecida para Piñera quede exenta de pago, Rendón no la cuestiona, dada su irreprochable conducta anterior. Sin embargo, releva otro hecho de la causa. "El tema fundamental aquí son las otras irregularidades sobre las que todavía no tenemos respuesta del Ministerio Público, como el número de asistentes y el hecho de que el ataúd no haya estado sellado", ilustra.
En este sentido, entrega algunos detalles acerca de la acción judicial que interpuso en tribunales. "En la querella que interpuse, señalé que los hechos ilegales que se cometieron en ese funeral tuvieron que ver con el número de asistentes, muy superior a lo establecido en la normativa, que no eran familiares cercanos, la normativa establece que sólo puede (asistir) el núcleo más cercano con un tope de 20 personas y esto era muy superior, incluso había un grupo de músicos durante el sepelio y el hecho de que el ataúd fue abierto por el Presidente. Ahí hay irritantes diferencias que debiesen ser sancionadas", concluye Rendón.