Chao carbón: Suprema pone fin definitivo a las tronaduras de mina Invierno en Isla Riesco
Luego de 11 años de iniciadas las acciones, la Corte Suprema decidió rechazar los últimos recursos de casación que había presentado la Mina Invierno, y con ello le puso fin a las tronaduras que se llevaban a cabo en la Isla Riesco, en la Región de Magallanes.
El máximo tribunal puso fin a un ciclo de más de una década y de una larga lucha ciudadana contra el carbón, quedando a firme la sentencia del Tercer Tribunal Ambiental, que indica que la decisión del Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental (SEA) de haber autorizado el uso de explosivos en Mina Invierno, no se conforma con la normativa vigente.
El director ejecutivo de la ONG FIMA, Ezio Costa, declaró que “nos alegra haber colaborado en esta causa con las comunidades y organizaciones de Magallanes y nos alegra el resultado, no sólo porque creemos que hay una adecuada aplicación del derecho, sino que también porque esperamos que este haya sido el último proyecto de extracción de carbón en Chile, que hoy da un paso más en el proceso de salida del uso de combustibles fósiles, aportando en la lucha contra la crisis climática y ecológica”.
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En la misma línea, Gabriela Simonetti Grez, de Alerta Isla Riesco, indicó que “este es un triunfo ciudadano. Durante más de 11 años como ciudadanía trabajamos para que el Estado de Chile no siguiera profundizando en la industria del carbón, y finalmente hemos logrado lo que parecía imposible. En este momento sólo queremos agradecer a quienes desde distintos lugares fueron parte de este camino, a pesar de haber tenido que enfrentar las enormes brechas en democracia ambiental que existen en nuestro país”.
Este fallo se remite a un proceso de evaluación ambiental que debió retrotraerse para incorporar la participación ciudadana en la evaluación del uso de tronaduras, luego de que la Suprema ordenara al SEA realizar esta consulta luego de haberla denegado, sentando un precedente histórico de participación en Declaraciones de Impacto Ambiental.
La resolución fue emitida por la Tercera Sala de la Corte Suprema, integrada por los ministros Sergio Manuel Muñoz, Angela Vivanco y Adelita Inés Ravanales, además de las abogadas integrantes María Cristina Gajardo y Pía Tavolari.
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