"Suicidio femicida": La cadena de errores de la justicia en el caso de Francisca Moll

Por: Natalia Figueroa | 19.04.2021
La violencia física, psicológica y sexual fue una constante para Francisca Moll durante los últimos dos años, hasta que decidió quitarse la vida hace días atrás. Era profesora de estimulación temprana y psicomotrocidad, madre de dos hijos pequeños y muy aferrada a sus amigos y familia. En tres oportunidades denunció a su agresor que la presionó para que desistiera de ellas; el tribunal pasó por alto el historial de maltratos en su contra. Días antes de su suicidio, Francisca preparaba junto a su abogada una querella contra su ex pareja, quien cuenta aquí los errores de la justicia que no lograron proteger a Francisca.

“Una de las últimas cosas que conversamos con la Francisca fue cuando me preguntó si este tipo se iba a ir preso. Le dije, no, Francisca, difícil que se vaya preso. Sí puedo asegurarte que esté lejos de ti, pero preso ninguna posibilidad”, cuenta Verónica Rocca Saavedra, la abogada con que Francisca Moll Moreno (37) tomó contacto en marzo pasado para enfrentar nuevamente ante la justicia las agresiones permanentes que sufría de su ex pareja Richard Silva Fernández (30). Un mes después, el 9 de abril, la mujer se suicidó dejándole una carta a su madre donde le explicaba que era la única manera de protegerlos porque no aguantaba más las presiones y amenazas de este hombre. Él entraba a su casa a cualquier hora, la chantajeaba para conseguir relaciones sexuales, la golpeaba, la celaba y la seguía constantemente.

El suicidio de Francisca ocurrió después de que denunciara tres veces a su agresor. La primera, el 24 de marzo de 2019, fue derivada a la Fiscalía de Las Condes que, a los pocos días, decretó que se archivara. En esa oportunidad, Francisca estaba con un amigo en un local de Starbucks, en Las Condes, y fue abordada por su ex pareja que la insultó públicamente. Ella se fue al mall y el hombre la siguió hasta el estacionamiento donde se subió a su camioneta, la golpeó y le sacó algunas piezas dentales, que eran más frágiles por el lupus que se trataba. En esa oportunidad también le rompió el celular.

Verónica explica que al archivar esa causa derechamente se incumplieron las directrices de la Fiscalía Nacional para abordar casos de violencia intrafamiliar. Una de estas es que no se puede archivar “sin haber indagado previamente sobre la existencia de las circunstancias”, tampoco sin que se haya recabado la declaración de la víctima, salvo en aquellos casos en que no ha sido posible contactarla. A Francisca no le tomaron declaración en esa oportunidad.

Por segunda vez, el 2 de octubre de 2019, fue a denunciar a su agresor. Fue después de que él llegara hasta la entrada de su casa y, mientras Francisca estaba en su auto, la tomara del cuello y la forcejeara hasta arrancarle nuevamente los dientes. Silva fue detenido y después formalizado ante el Juzgado de Garantía de Colina quedando con prohibición de acercamiento. Pero las constantes amenazas y hostigamiento, hicieron que Francisca desistiera de la denuncia. Sentía terror de lo que pudiera hacerle no solo a ella, sino que a su familia. “Una y otra vez le advirtió que, de no desistirse de la denuncia, le haría un portonazo cuando fuera con sus hijos en el auto, a quienes haría desparecer y nunca más los vería”, cuenta Verónica.

Viéndose sin más alternativas y para evitar un mal mayor, desistió de la denuncia, el 27 de diciembre de 2019. Así lo dejó el tribunal por escrito: “Víctima señala de manera libre y espontánea que no desea seguir adelante con la presente investigación, porque se va a cambiar de domicilio a la comuna de Las Condes, por lo que no desea seguir participando del proceso judicial y no desea que se condene o se tome alguna medida en contra de los involucrados. Estoy consciente de que quedare sin ninguna medida de protección o medida cautelar vigente, sin perjuicio de que debo manifestar mi intención con la causa ante el Juzgado de Garantía correspondiente. Además, no posee disponibilidad para asistir a posteriores citaciones ante esta Fiscalía o los Tribunales de Justicia”.

La última denuncia

El 3 de enero de 2020 fue la última vez que Francisca recurrió a la justicia. Sin nada que hasta ahí haya evitado que su agresor siguiera persiguiéndola y amenazándola, denunció el maltrato que había sufrido hace un mes. Aun así, el fiscal Juan Pablo Duhalde no lo consideró un caso de violencia de género pasando por alto el historial del agresor y los vínculos que existían e inició un “procedimiento monitorio” que se aplica para las faltas. Es decir, al agresor le pasaron una multa de 1UTM ($51.592). “Cuando es en contexto de violencia intrafamiliar se consideran menos graves y es aplicable un procedimiento simplificado y no monitoreo como este”, precisa Verónica.

A los dos meses, fue llevada por el agresor a la audiencia de revisión de la medida cautelar, en la que consintió en que se dejara sin efecto la prohibición de acercamiento. El 11 de marzo Francisca fue obligada a desistir de esta última denuncia. “Vengo a declarar porque el día en que se llevaron detenido al Richard Silva yo le dije a Carabineros que primero no éramos convivientes, ni ex convivientes, ni tenemos hijos en común ni muchos menos casados, solo éramos pololos puertas afuera. Además, les dije que él no me había lesionado, y lo que ocurrió fue que yo me golpee en la boca cuando estábamos discutiendo verbalmente en el auto, porque frené bruscamente, golpeándome en el manubrio. No deseo continuar con la causa”, quedó por escrito.

El tribunal no le preguntó razones, si era una decisión libre y espontánea, sino que dio todo por sentado aun con el conocido historial previo. “Cómo no se iban a percatar de lo que estaba ocurriendo si la obligación del Ministerio Público no solo es investigar los delitos, sino que proteger a la víctima. Es muy distinto hablar de un pololeo de 15 años que uno de 37 años cuando el tipo iba invitado o no invitado a su casa”, expresa la abogada. Lo único que rescata, es que el fiscal a cargo, Alejandro Sánchez, con las pocas herramientas que le permitía el proceso, requirió un procedimiento simplificado por el que tienen audiencia el 27 de abril próximo.

Durante las últimas semanas, Verónica Rocca estaba preparando una querella junto a Francisca por varios delitos, entre ellos, desacato, maltrato habitual y violación contra Silva. “Yo siempre pido que me escriban la relación de los hechos, ella no fue capaz, lo hizo aquí en mi casa”, cuenta. Por ahora deben revisar cómo continuar legalmente con su mamá, recopilando testimonios y pruebas, aunque insiste es que una condena privativa de libertad para Silva es muy difícil de obtener.

[caption id="attachment_657035" align="alignnone" width="1280"] Francisca en su gira de estudios.[/caption]

Las trabas de la ley VIF

Una de las principales fallas del sistema judicial en el caso de Francisca fue considerar que era víctima de lesiones simples, minimizando la relación con su ex pareja a un pololeo cuando era de convivencia. “El Ministerio Público demuestra su conservadurismo calificando como simple relación de pololeo y eso no le permite acceder a la protección que la ley dispone”, explica la abogada Silvana del Valle de la Red Chilena Contra la Violencia. De ser considerada conviviente el delito habría sido el de “lesiones menos graves” y no una simple falta de lesiones simples que ameritó una mínima multa.

Al adentrarse en la ley 20.066 de Violencia Intrafamiliar (VIF), esta considera dos tipos de violencia: una que es vista por los tribunales de familia y, otra, por tribunales penales; es decir, la primera no se considera delito y, la segunda, sí. No es vista como delito cuando es violencia psicológica o económica que no tiene patrón de conducta, sino que es un hecho puntual. Por otra parte, las que son delito, como amenazas y agresiones, califican como maltrato habitual porque son sostenidas en el tiempo.

Lamentablemente, explica Francisca Millán, abogada del estudio jurídico AML Defensa Mujeres, la mayoría de las VIF quedan archivadas, es decir, se desestiman porque no existen los antecedentes suficientes para seguir adelante. “Si el tribunal de familia se declara incompetente lo deriva al Ministerio Público y aquí no se hace nada. Hay facultades discrecionales que tienen de no investigar causas derivadas por tribunales de familia. Si bien hay fiscalías que tienen unidades especializada en VIF y hacen seguimiento de las causas, hay otras que no tienen especialidad, que son la realidad de la gran mayoría, donde si las mujeres no presentan querellas las causas mueren en el olvido”, detalla.

Con todo esto, el circuito de protección a las víctimas de violencia ha demostrado ser tardío, ineficiente y bastante escéptico, dice Millán. Las cifras de denuncias por VIF de la Subsecretaria de Prevención del Delito dan cuenta que solo un 18% de ellas se traducen en una orden de alejamiento, considerando los últimos cinco años en que más de 100 mil órdenes han sido decretadas por los tribunales de lo penal y de familia en todo el país.

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Un tema de fondo es que la legislación chilena desde el inicio de la discusión sobre violencia hacia las mujeres, asumió que se limitaba al círculo de la familia. Es por eso, acota Silvana del Valle, que las mujeres que no tengan una relación de carácter familiar con los agresores no tienen acceso a las medidas cautelares, únicamente se protege a relaciones matrimoniales o que tengan similitud con el matrimonio.

Suicidio femicida

La Red Chilena contra la Violencia hacia las Mujeres define el "suicidio femicida" como casos de violencia extremo hacia las mujeres donde el único límite que ven a la agresión recibida por sus convivientes, amantes, esposos, acosadores es la muerte inminente, como ocurrió con Francisca, tal como lo dejó expresamente indicado en la carta a su madre.

También se consideran dentro de esta categoría los casos de mujeres que se suicidan ante la impunidad, la revictimización y la negligencia de las instituciones encargadas de su protección. En este círculo de violencia la mujer está expuesta generalmente a violencia psicológica, física y económica y, tras tomar medidas sin éxito para librarse de esto, irremediablemente busca las condiciones favorables para quitarse la vida.

La abogada de la Red, Silvana del Valle, agrega que si existiese la tipificación de este delito, este sería un caso que calificaría como "suicidio femicida". "Esa decisión está sometida a la violencia del patriarcado, entonces, si se acogiera una norma como la tipificación del suicidio femicida calificaría dentro de esta", señala.

Como Francisca, también Antonia Barra, Anaís Godoy, Deysi Compay, Gabriela Marín han sido víctimas de este tipo de violencia de género.

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