Derechos reproductivos en crisis: El fallido rol del Minsal en la regulación de anticonceptivos en pandemia
El día que se denunció que Cruz Verde estaba solicitando recetas para la venta de anticonceptivos por delivery, no se entendían los motivos para exigir algo que nunca se había pedido. A todas luces, se trataba de una barrera al acceso de derechos reproductivos y sexuales ante las limitadas condiciones de movilidad por la cuarentena sanitaria, como acusaron organizaciones feministas y de salud.
El Instituto de Salud Pública (ISP) salió a aclarar que no se trataba de una modificación de último momento, sino que las farmacias estaban haciendo cumplir la normativa de contar con una receta médica, que, en definitiva, era “letra muerta”. Finalmente, la presión de la sociedad civil terminó por hacer retroceder al ISP que dio la orden de vender sin receta estos medicamentos, aunque de manera “supervisada”.
Una situación que dejó varios temas sobre la mesa, preocupaciones y reproches al rol del ISP y del Minsal frente a los derechos de las mujeres en tiempos de pandemia. “Lo que surge de este comunicado es si tal flexibilidad que se les está exigiendo a las farmacias está sujeta al estado de catástrofe, si va a durar unos meses, no tenemos idea. Nos deja en un panorama muy inestable”, manifiesta Danitza Pérez, abogada y directora de Análisis Legislativo de Abofem.
Más allá de la circular que modificó rápidamente la venta sin receta, regular anticonceptivos implica ampliar la perspectiva respecto a los mandatos de los tratados internacionales que ha suscrito el país, en este caso de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), que obliga a los estados a proveer mecanismos de planificación familiar sin trabas para su acceso.
Y, en específico, la ley 20.418, que fija las normas sobre información, orientación y prestaciones en materia de regulación de la fertilidad. Esta normativa entró en vigencia en 2010 y, en términos amplios, es la única que hace mención sobre educación sexual, establece derecho a la información y la obligación del estado de proveer métodos anticonceptivos y fue modificada el 2015 para permitir la venta sin receta de la píldora de anticoncepción de emergencia. Ahora, sin embargo, la falta de modificaciones de esta normativa para que se adapte a las necesidades actuales ha generado barreras evitables, aseguran profesionales de la salud, para garantizar derechos reproductivos.
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Lo que falló
Un punto de inflexión dentro de la regulación de medicamentos durante la pandemia ha sido la necesidad de incorporar un enfoque de género desde la regulación a la implementación de estos. “Lo que pasó acá, a propósito de la última normativa que permitía la venta por plataformas digitales, es que a este medicamento se le da un trato como cualquier otro. Entonces, si vamos a legislar sobre medicamentos hay que hacerlo de manera distinta sobre los que tienen características anticonceptivas porque su uso es continuo y tampoco estamos sujetas a controles con ginecólogo todos los meses. Se requieren flexibilidades”, detalla Pérez.
La exigencia de recetas es algo que ya existía, como lo recalcó el ISP, pero lo que se vuelve problemático es que, contando con las facultades y la experiencia del primer año de pandemia, el organismo no fiscalizó a tiempo el funcionamiento de las cadenas de farmacias ni tampoco se modificaron legalmente estas regulaciones. “Era un problema muy evitable, porque podríamos haberlo revisado cuando se vieron estas normativas para que Chile siguiera funcionando, como los permisos de circulación o la venta de medicamentos en general, o como lo hicieron ahora oficiando a las farmacias para que no pidieran más esto. Esto podría haberse hecho por la vía legal, por circulares o resoluciones, y no se hizo hasta que ocurrió esto de las farmacias”, advierte. “EL ISP tiene facultades para esto, pero es lamentable porque nadie fiscaliza al fiscalizador y ese es un proceso que podría haberse hecho hace mucho tiempo”, complementa la abogada y directora ejecutiva de Miles Chile.
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El mecanismo para regular la entrega de anticonceptivos también es una discusión. La urgencia hace poco viable esperar la tramitación de una ley, pese a que es el tema de fondo a resolver. Al menos, esta ley especial debería tener alguna consideración especial que distinga sobre que las recetas tengan una duración de un año o que fueran exigibles solo una vez. “Estamos explorando las múltiples opciones que podríamos tener y una podría pensar en aquellas personas que son usuarias de anticonceptivos lo puedan hacer sin receta, mientras sí que se trata de la primera vez que se haga obligatoriamente con receta. Pero es muy difícil de explorar en pandemia porque se están promoviendo las cuarentenas”, problematiza.
Eduardo Soto Fernández, coordinador del Área de Salud Sexual de Miles, comparte que el Minsal ha sido errático en evacuar sus normativas, además del exceso de atribuciones a la voluntad local, en el caso de la distribución de los municipios en los servicios de salud. “El año pasado el Minsal sacó una orientación técnica, que incluía recomendaciones, entonces los servicios no estaban obligados por norma para hacerlo cumplir. Por eso hay tantas diferencias en los distintos centros de salud”, explica sobre la gestión de los métodos anticonceptivos.
A esto se suma la entrega de lotes de pastillas Anulette CD fallidas, que se distribuyen principalmente en los cesfam y, en farmacias, siendo unas de las más accesibles (en promedio su costo es de $7.000). Por esto se presentó una demanda contra el Estado por las más de cien mujeres que acusan embarazos no deseados por tomar este medicamento. Libertad Méndez, ginecóloga integrante de la Red Chilena de Profesionales por el Derecho a Decidir y de Médicas Feministas, dice que no hubo trazabilidad a esas pastillas entregadas, cuando desde los cesfam se pudo haber hecho. “Tampoco hubo normativa desde el Minsal para poder tener una acción inmediata y reparatoria, incluyendo una causal farmacológica extra en caso de las mujeres que no quisieran gestar, darles la oportunidad a elegir”, plantea.
Derechos reproductivos en crisis
“Chile está muy atrasado en relación a lo que se sugiere que deben ser en estos nuevos tiempos los derechos humanos, como lo son los derechos sexuales y reproductivos. La normativa y las reglas siempre lamentablemente van más atrás de las necesidades de las personas, y de las mujeres”, manifiesta Débora Solís, directora ejecutiva de la Asociación Chilena de Protección a la Familia (APROFA).
Lo que ha pasado con la pandemia es un botón de muestra de lo postergado que ha sido la salud sexual y reproductiva en pos de enfocar todos los recursos alrededor de la pandemia y en atención del Covid. Algo razonable, pero que ha postergado, de todos modos, estos derechos vitales, asegura Solís. Y en esto se enfoca más que en el ISP, como organismo de fiscalización sanitaria, en el Minsal como órgano rector de esta política nacional.
Esto se ha visto traducido en las dificultades para avanzar en materia de derechos sexuales y reproductivos durante la pandemia que, para Solís, han quedado derechamente en el “último puesto de la fila”.
“Hemos enviado cartas y solicitudes, pero este Ministerio de Salud no tiene dentro de su radar la conversación con las organizaciones de la sociedad civil y nunca nos han convocado. En plena pandemia hicieron una campaña a no asistir a los cesfam a menos que fuera por Covid, cuestión que es muy razonable, pero lo que también estaban comunicando es que todo lo otro se postergaba entonces teníamos a muchas mujeres sin acceder a anticonceptivos, a exámenes como PAP”, relata.
Esas dificultades las atribuye a posiciones políticas donde el interés no está en esta agenda y que sigue manteniendo en crisis los derechos sexuales de las mujeres. “Lo que hoy tenemos son dificultades, que son gobiernos que dependen de la ideología que tengan avanzan o retroceden dependiendo del anterior. Participamos de una mesa donde vimos el estado de salud, pero no es mucho lo que a nivel de conversación se avanza”, concluye.