La casa de Piñera en el lago Caburgua se construyó con un permiso ilegal
Muchos políticos y particulares, entre otros los diputados DC Gabriel Ascencio y PS Jaime Naranjo, han criticado con fuerza al presidente Sebastián Piñera porque no pagó durante largos 30 años las contribuciones de bienes raíces por su vivienda de veraneo en el lago Caburgua, pues el inmueble no contaba con la recepción final que debía cursar la Dirección de Obras Municipales (DOM) de Pucón, 9ª. Región de La Araucanía, asunto que se aprecia en link
No se pagaba ese impuesto debido a que la casa no estaba catastrada como tal en la División de Avaluaciones del Servicio de Impuestos Internos (SII), sino tan solo estaba clasificada como terreno rural o agrícola, motivo por el cual el tributo territorial era ínfimo, sí amable lector, el propietario pagaba permanentemente contribuciones trimestrales correspondientes a un predio que tenía un avalúo afecto a impuesto de $ 255.844, luego esa inmensa vivienda estaba valorada en una suma menor a un ingreso mínimo mensual. Este columnista conoce muy la situación y por ello, aunque sea a destiempo, dado que hasta ahora nadie lo ha dicho públicamente, de manera resumida manifestamos lo siguiente para demostrar que esa vivienda es abiertamente ilegal.
En plena dictadura cívico-militar el empresario inmobiliario y en otros diferentes rubros, además alto ejecutivo del Citibank, Sebastián Piñera, solicita al Seremi de Vivienda y Urbanismo de la 9ª Región un visto bueno preliminar para tramitar en la DOM de Pucón un permiso de edificación que se ejecutaría en su predio rural de 20 hectáreas, adquirido en un remate judicial, localizado en el camino a Renahue, sin número, sector Caburgua de esa comuna.
El incapacitado funcionario público, Seremi de Vivienda y Urbanismo, posiblemente presionado por la urgencia de resolver una solicitud de un importante inversionista santiaguino, con fecha 10 de agosto de 1988, le entrega al arquitecto y amigo de Piñera, Cristián Boza (QEPD), el oficio Nº 661 con el cual tal arquitecto inicia la tramitación municipal y el 11 de agosto de 1988, como vemos un escaso día después, el solícito y rápido DOM autoriza el permiso de edificación Nº 102 para que se construyera una casa con 698 m2 útiles.
El pequeño inconveniente es que para edificarse esa vivienda, localizada fuera de los límites urbanos, tal como lo ordenaba y todavía lo manda el artículo 55º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), el interesado necesitaba contar además con la aprobación del Seremi de Agricultura y del Director regional del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), teniéndose en cuenta que entonces y aún, solo se pueden construir en ese tipo de terrenos rurales las viviendas del propietario y de sus trabajadores de una explotación agrícola, lo que en la especie no acontecía.
Posteriormente, en plena democracia, mientras Piñera ejercía con toda su conocida locuacidad la actividad política, su arquitecto Boza consiguió el permiso municipal Nº 210 del 26 de septiembre de 2003, señalándose en ese acto público que el predio, por arte de magia, se había transformado en urbano, no siéndolo hasta el día de hoy. En síntesis, si los funcionarios públicos de la 9ª región y los municipales de Pucón hubieran ejercido cabalmente sus atribuciones legales, esta vivienda de veraneo nunca se pudo construir, aunque si era posible hacerlo bajo el paraguas del DL 3.516 del año 1980, lo que no se hizo por alguna razón desconocida. Recordemos en todo caso que con la aplicación de esa figura legal el predio continuaba siendo agrícola.
Lo que hemos relatado resumidamente es una de las miles de situaciones ilegales que se producen en el ámbito de la aplicación de Vivienda y Urbanismo, las que, por razones de conveniencia, entre los que ejercen los poderes económicos y políticos, no se dan a conocer en los medios de prensa que han optado por tolerar la corrupción inmobiliaria.