Corporación Miles apelará contra fallo que niega aborto en tres causales a mujer que lo pide
La Corporación Miles anunció que apelará al fallo que negó el aborto en tres causales a una mujer que lo exigió en el Hospital de Carabineros.
Desde Miles lamentaron la decisión adoptada por la Corte de Apelaciones de Santiago de no considerar los antecedentes que demostraría que el Hospital de carabineros (Hoscar), que atendió a Candy Jamett, actuó de manera ilega y arbitraria al negarle el acceso a la interrupción del embarazo.
"La sentencia incurre en graves errores que provocan que hoy Candy Jamett deba continuar con 34 semanas un embarazo que no tiene buen pronóstico", afirman y agregan que "ella contaba con cuatro informes médicos, realizados por especialistas como exige la normativa, que anticipaba el nefasto pronóstico de su embarazo (su feto tiene una cardiopatía que es inoperable al también tener trisomía 21), pero eso no bastó para que el Hoscar cumpliera con la ley".
Cabe recordar que en abril de este año Jamett, a través de Corporación Miles, recurrió a la Corte de Apelaciones de Santiago buscando justicia y exigió que revisaran los antecedentes para así obligar al HOSCAR a interrumpirle el embarazo. Sin embargo, la segunda sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, integrada por María Soledad Melo, Jessica González y Jorge Norambuena, no le encontró la razón. Según los juristas los diagnósticos de los médicos no son causal para invocar la Ley 21.030 por lo cual Hoscar se habría ajustado adecuadamente a la normativa vigente. Para los jueces, la condición del feto no es letal ni incompatible con la vida extrauterina. Bajo estos argumentos desestimaron el recurso de protección en contra del Hospital de Carabineros, tomando válidos antecedentes nuevos que el hospital integró en su informe mucho después de denegarle la causal, vulnerando cualquier tipo de ética médica.
"Porque el Hospital de Carabineros entregó fuera de tiempo estos informes, después de negarle el derecho a la ley IVE, sin siquiera revisar a Candy Jamett. Es decir, no incurrieron en nuevas tecnologías ni se realizaron exámenes físicos. Pero lamentablemente para la Corte de Apelaciones incorporar un examen de fecha posterior a la denegación de la causal, es totalmente plausible. Nos resulta tremendamente preocupante que se acepte la creación de pruebas de dudosa proveniencia para violar los derechos de esta mujer. Para Corporación Miles, esto constituye una práctica ilegal y arbitraria. Los informes médicos que se tuvieron presente a la fecha de la denegación de la causal advierten un pronóstico fatal para el hijo de Candy y no fueron considerados. Dichos diagnósticos reflejan que la posibilidad de resolver quirúrgicamente la patología con la tecnología actual, es imposible", argumentan.
"Este dictamen de la Corte de Apelaciones de Santiago es una pésima señal para las mujeres que el día de mañana puedan ver obstaculizada su acceso a la Ley IVE y quieran buscar reparación en la justicia. Este era un buen momento para que la justicia sentara precedente al respecto, reivindicara los derechos que tienen las mujeres a decidir y no se les cuestionara más", añaden.