El Estado de Chile viola la Ley del VIH/SIDA
Hoy, 14 de diciembre de 2017, personas viviendo con VIH/SIDA, organizaciones sociales con trabajo en VIH, sociedades científicas y colegios profesionales, conmemoramos la publicación en el Diario Oficial de la Ley 19779, más conocida como Ley de SIDA, publicada un 14 de diciembre de 2001. La Ley de SIDA estable garantías, derechos, deberes y obligaciones de instituciones públicas del Estado de Chile en prevención, tratamiento e investigación, particularmente del Ministerio de Salud.
Desde que aparece el VIH/SIDA en Chile, conociéndose la primera persona fallecida a causa del SIDA en agosto de 1984, los grupos afectados comenzamos a organizarnos para compartir información, estrategias de sobrevivencia, enfrentando los efectos sociales, culturales y políticos de la pandemia. Han sido años de lucha social, años de avance en las políticas públicas del VIH/SIDA como la conquista del derecho a la terapia gratuita y universal para todos y todas, terapia garantizada en la Ley de Garantías Explícitas en Salud, Ley AUGE de 2004.
Han sido años de avances pero también de retrocesos, especialmente estos últimos tiempos donde cifras nacionales e internacionales demuestran un alarmante incremento en las notificaciones VIH positivas e incidencia en VIH e ITS en nuestro país, siendo los jóvenes los más afectados. Nuestro país es campeón del fútbol pero también campeón del VIH/SIDA. Chile ocupa el triste primer lugar de nuevos casos VIH en América Latina y el Caribe.
Hoy, 14 de diciembre de 2017, conmemorando 16 años de la publicación en el Diario Oficial de la Ley de SIDA, denunciamos la violación sistemática de este valiosos e importante cuerpo legal por parte del Estado de Chile.
En su artículo 1, la ley estable que “la prevención, diagnóstico y control de la infección provocada por el virus de inmunodeficiencia humana (VIH), como la asistencia y el libre e igualitario ejercicio de sus derechos por parte de las personas enfermas, sin discriminaciones de ninguna índole, constituyen un objetivo sanitario, cultural y social de interés nacional. Corresponde al Estado la elaboración de las políticas que propendan hacia dichos objetivos, procurando impedir y controlar la extensión de esta pandemia, así como disminuir su impacto psicológico, económico y social en la población”.
El Ministerio de Salud del Estado de Chile viola la Ley de SIDA porque no ha procurado impedir ni mucho menos controlar la extensión de la pandemia, así como tampoco ha disminuido su impacto psicológico, económico y social en la población. Las estadísticas son elocuentes, así como las fallas en las políticas públicas del Ministerio de Salud, incrementando el impacto psicológico y social de la pandemia en nuestra sociedad.
La Ley de SIDA en su artículo 2º señala que “el Ministerio de Salud tendrá a su cargo la dirección y orientación técnica de las políticas públicas en la materia. Estas políticas deberán elaborarse, ejecutarse y evaluarse en forma intersectorial, con la participación de la comunidad, recogiendo los avances de la investigación científica y considerando la realidad epidemiológica nacional, con el objeto de establecer políticas específicas para los diversos grupos de la población, y en especial para aquellos de mayor vulnerabilidad, como las mujeres y los menores. En todo caso, será aplicable, en lo pertinente, la Convención Internacional de los Derechos del Niño”.
El Ministerio de Salud del Estado de Chile viola la Ley de SIDA porque no realiza política intersectorial efectiva, no incorpora a toda la sociedad civil en el diseño e implementación de las políticas, las mesas de participación social en VIH existentes son parciales, sometidas e ineficientes. El Ministerio de Salud no recoge ni procura evidencia científica desde el sector público ni privado. Del mismo modo, no estable políticas para niños y mujeres como sería la distribución pública del condón femenino.
En el capítulo 2 sobre prevención, diagnóstico, investigación y atención de salud, el artículo 3 establece que será “el Estado quien arbitrará las acciones que sean necesarias para informar a la población acerca del virus de inmunodeficiencia humana, sus vías de transmisión, sus consecuencias, las medidas más eficaces para su prevención y tratamiento y los programas públicos existentes para dichos fines, poniendo especial énfasis en las campañas de prevención. Tales acciones se orientarán además a difundir y promover los derechos y responsabilidades de las personas portadoras y enfermas”.
El Ministerio de Salud del Estado de Chile viola la Ley de SIDA porque no arbitra acciones educativas, comunicativas e informativas y cuando lo hace se realizan tardíamente y con mensajes no eficaces, confusos y contradictorios. Las campañas de Prevención del VIH/SIDA en Chile son escasas generando una recordación e impacto bajo, acotado, limitado e insuficiente. El presupuesto que se destina a prevención y campañas es mínimo respecto de la abultada inversión en tratamientos.
La Ley de SIDA en el artículo 4º dice que “el Estado promoverá la investigación científica acerca del virus de inmunodeficiencia humana, la que servirá de base para la ejecución de acciones públicas y privadas en la materia, y sobre las vías de transmisión de la infección, características, evolución y efectos en el país. Impulsará asimismo las medidas dirigidas a su prevención, tratamiento y cura. Del mismo modo fomentará la creación de centros públicos o privados orientados a la prevención e investigación de la enfermedad”.
El Ministerio de Salud del Estado de Chile viola la Ley de SIDA porque no realiza ni encarga investigación científica enfocada a grupos vulnerables, hombres que tienen sexo con hombres, pueblos originarios, trabajadores sexuales y jóvenes sexualmente activos. El Ministerio de Salud realiza acciones a ciegas, así como limita iniciativas de testeo y prevención del VIH que promueven organizaciones sociales y comunidades científicas como Sida Chile. Del mismo modo, el Ministerio de Salud no fomenta la creación de centros públicos o privados orientados a la prevención e investigación, desconociendo evidencia científica de prevención combinada como el tratamiento PrEP e ideando políticas públicas erradas que desarticulan los programas de atención especializados en VIH/SIDA en los hospitales públicos de salud.
La Ley de SIDA en su artículo 6º señala que el “Estado deberá velar por la atención de las personas portadoras o enfermas con el virus de inmunodeficiencia humana, en el marco de las políticas públicas definidas en los artículos 1° y 2° de esta ley”.
El Ministerio de Salud del Estado de Chile viola la Ley de SIDA porque realiza atención deficiente, parcela la medicación antirretroviral y pretende trasladar la atención de personas viviendo con VIH/SIDA desde hospitales especializados a consultorios primarios.
El cambio de modelo de atención integral
En el primer semestre de este año 2017 se constituyó un equipo de trabajo integrado por autoridades de salud, profesionales y algunos integrantes de la sociedad civil para analizar, discutir y proponer un nuevo Modelo de Atención Integral a las Personas Viviendo con VIH/SIDA que se atienden en los 35 centros especializados de la atención pública de salud.
Este cambio forma parte de una supuesta actualización y modernización de la respuesta sanitaria e institucional al VIH/SIDA considerando que la realidad epidemiológica de la infección por VIH/SIDA ha cambiado dramáticamente en Chile y según las proyecciones disponibles el número de usuarios en nuestro país continuará en aumento en los próximos años.
La mayor parte de las personas viviendo con VIH/SIDA en Chile pertenecemos y somos atendidas en el sistema público de salud. El VIH/SIDA está incluido en la Ley de Garantías Explícitas en Salud desde el año 2004, existiendo un modelo de atención vigente desde el año 2005, centrado en la atención ambulatoria por especialidades (nivel secundario) integrada a la red de salud, situación que ha permitido el manejo de la morbimortalidad asociada a esta patología, aunque las nuevas cifras de aumento en notificaciones positivas y el ingreso a la atención en salud de personas notificadas tardíamente, han cambiado dramáticamente la situación.
Las personas que viven con el VIH/SIDA y organizaciones que trabajamos en VIH, creemos justo, necesario e imprescindible mantener la atención en salud del VIH/SIDA en el nivel centralizado de los hospitales públicos. Del mismo modo, valoramos que otros servicios de la red pública de salud garanticen el acceso oportuno a la atención primaria para testeo y prevención, así como el manejo de las comorbilidades asociadas al VIH como la hipertensión arterial y diabetes. En este marco de cambios inminentes, hemos manifestado nuestro rotundo rechazo a la derivación y/o traslado de personas viviendo con VIH/SIDA desde los centros de salud hospitalarios especializados a la atención primaria de salud.
Tal como lo han expresado la Sociedad Chilena de Infectología al ser consultada por el Ministerio de salud en este controvertido cambio: “El elevado y permanente nivel de capacitación requerido para atender a las PPVIH, la alta proporción de PPVIH que ingresan en etapa avanzada al momento del diagnóstico, la complejidad y constante dinamismo de los fármacos antirretrovirales, la falta de especialistas en medicina interna en atención primaria, la alta rotación del estamento médico y no médico a este nivel y la dependencia financiera de recursos municipales, no consideramos aplicables los modelos de programas de personas viviendo con VIH/SIDA centrados en la atención primaria para nuestro país”.
Las personas viviendo con VIH/SIDA, así como los profesionales, médicos, enfermeras, entre otros, creemos que existen otras alternativas para fortalecer los equipos de salud de los hospitales sin la necesidad de desarticularlos y/o dirigir el manejo del VIH/SIDA al nivel primario porque tal medida, junto con ser grave e inconsulta, arriesga la calidad de la atención, el pronóstico y los costos de la patología, incluyendo aspectos biopsicosocial como la exposición de las personas afectadas a entornos comunitarios locales que aumentan la discriminación y el estigmatiza social. La confidencialidad del VIH/SIDA está garantizada por la Ley de SIDA pero con nueva estrategia de atención integral en VIH/SIDA está en peligro.
Las personas viviendo con VIH/SIDA tenemos derecho confidencial e integral a la salud como lo establece la Ley de SIDA y tal derecho lo ejerceremos con incidencia política, participación comunitaria e información oportuna, garantías que demandamos se respete por el Ministerio de Salud del Estado de Chile.