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Servicios mínimos: La "bola de nieve" que se le viene a la Dirección del Trabajo con puesta en marcha de la Reforma Laboral

Por: El Desconcierto | 03.01.2017
De "vacíos" que le dan a las empresas el espacio para despedir a destajo o mandar a trabajar a los trabajadores más "combativos", hasta la para muchos inevitable judicialización que se viene para este año. La Reforma Laboral comienza a aplicarse en abril de 2017 y los servicios mínimos se vislumbran como el principal conflicto, mientras la DT hace lo posible para paliar la transición a la nueva normativa.

El pasado 29 de agosto, después de más de 20 meses de tramitación legislativa, la presidenta Michelle Bachelet promulgó la llamada Reforma Laboral, el “cuarto” pilar de su gobierno después de los cambios tributarios, educacionales y constitucionales. “Con esta ley los trabajadores podrán contar con una huelga efectiva (…) aunque esta reforma no es todo lo que el Ejecutivo impulsó, aspirábamos a más porque estimamos que persisten desequilibrios en las relaciones laborales”, reconoció la mandataria ese día en La Moneda.

El próximo 1 de abril, la reforma laboral entrará en tierra derecha y con ella, más de 289 mil trabajadores de 1.529 empresas deberán negociar en 2017 bajo la nueva legislación. Ad portas de la puesta en marcha, los fantasmas de los dichos de Bachelet esa mañana de agosto remecen: nadie pareciera estar de acuerdo con la reforma, la Dirección del Trabajo batalla para dar la cara por el gobierno ante lo que se le viene y sindicatos y empresas se preparan para los polémicos servicios mínimos y la, para muchos, inevitable judicialización del tema.

Una “limitación al derecho a huelga”

Desde octubre que la Dirección del Trabajo (DT) está sacando una serie de dictámenes que tienen por objetivo “aterrizar” la reforma laboral para que, llegado abril, el proceso sea lo menos traumático posible. A fines de ese mes, el organismo emitió el dictamen relativo a los servicios mínimos, definidos como “aquellas funciones, tareas, procesos o áreas de gestión o servicio de una empresa que, sin menoscabar en su esencia el derecho a huelga, conforme al tamaño y características de la empresa, establecimiento o faena, deben ser atendidas durante el desarrollo de una huelga”.

Estos son básicamente tres: Seguridad (“funciones destinadas a proteger los bienes corporales e instalaciones de la empresa”), funcionamiento (“necesarios para garantizar prestación de servicios de utilidad pública o necesidades básicas de la población”) y para prevenir daños ambientales o sanitarios.

La DT es explícita en señalar que los servicios mínimos constituyen, por esencia, “una limitación al ejercicio del derecho a huelga”. Por lo mismo, estos debiesen ser limitados y aplicarse solo en los casos mencionados anteriormente.

Sin embargo, todo el proceso para determinar realmente qué califica y qué no como un servicio mínimo es parte del entramado que tendrá a la DT con una importante carga de trabajo a partir de abril. La ley estipula que 180 días antes del término del contrato colectivo vigente, el empleador deberá entregar una propuesta de lo que considera servicios mínimos para su empresa, junto a una lista de trabajadores que deberían conformar el llamado “equipo de emergencia”. Ahí, el sindicato tiene 48 horas para responder ante la Dirección del Trabajo si está de acuerdo o no. Si no dice nada, se entiende por aprobada. Si no se llega a acuerdo, deberá intervenir la dirección regional del trabajo, la misma que debe darle el visto bueno final a la propuesta.

Pero aquí ya empiezan los problemas. Desde la Dirección del Trabajo aseguran a El Desconcierto que los servicios mínimos no están para garantizar la producción de la empresa ni son un reemplazo escondido y que su aplicación será limitada, pero reconocen estar consientes de que la gran mayoría de las empresas los solicitarán sin merecerlo, aumentando también la carga de trabajo del organismo.

José Ignacio Portiño, abogado de la Defensoría Popular de las y los Trabajadores (DPT), afirma que si bien la DT es bastante específica en las causales, la situación va a generar un conflicto. “En salud podría estar una empresa química que tiene que manejar desechos, en utilidad pública están las empresas de basura, luz, etc. Pero por ejemplo, los supermercados. No debiesen tener más que seguridad del inmueble, pero tal vez se les ocurra decir que necesitan mantener la cadena de frío de los pescados o la fruta y que no quieren perderla, pero la huelga es la paralización del trabajo y si eso implica costos, son costos para la empresa. Me aventuro a pensar que los empleadores van a querer servicios mínimos para todo y eso significa que, a pesar de la huelga, tendrás a empresas funcionando”, afirma.

Las grandes empresas ya se preparan en ese sentido. En julio de 2015, la Asociación de Bancos apareció en un artículo en El Mercurio reclamando porque “la prohibición del reemplazo de trabajadores en huelga afectará el rol sistémico que corresponde a los bancos para asegurar, por ejemplo, la disponibilidad de fondos para pagar remuneraciones y pensiones de más de 4 millones de personas”.

De hecho, citan a la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para argumentar que los bancos caen dentro de la categoría de “servicios públicos de importancia trascendental”. El libro “Principios de la OIT sobre el derecho de huelga” resume las recomendaciones del organismo internacional sobre los servicios mínimos, que llama servicios esenciales y se remiten a aquellos “cuya interrupción podría poner en peligro la vida, la seguridad o la salud de la personas en toda o parte de la población”. En ningún momento el organismo internacional habla de protección a “bienes corporales”, como lo hace la legislación chilena, situación que es mirada con recelo desde la propia Dirección del Trabajo porque les permite a todas las empresas solicitar los servicios mínimos.

Pero esa no es la única situación problemática. El hecho de que sea el empleador el que tenga que entregar la lista de trabajadores que conformarán el equipo de emergencia también es cuestionado, ya que no tiene impedimento legal para poner a los trabajadores más “conflictivos” o a la propia directiva sindical a trabajar en plena huelga. Si bien el sindicato tiene que aceptar la lista que le proponen, la ley también estipula que el acuerdo por los servicios mínimos no es parte de la negociación colectiva, por lo que estrictamente no existe fuero sindical, salvo para los directores. “Si como sindicato me pongo pesado en la negociación de los servicios mínimos, pueden amedrentar con despidos”, dice José Portiño.

“Y si soy empleador pesado, voy a poner a los más peleadores o a la propia directiva a trabajar. Hay que estar atentos de ver cómo se da en la práctica todo esto porque son situaciones límite de prácticas antisindicales, no lo son per sé, pero se podrían interpretar que son vulneradoras del derecho a huelga. Claramente serían señales para debilitar la huelga”, explica el abogado.

“El que debe responder a esto es el gobierno, ellos inventaron este enredo y para darle garantías al mundo empresarial, sacaron los servicios mínimos de la negociación colectiva, lo que fue un absurdo total porque te queda una negociación colectiva que lejos de simplificarse, se complejiza y te va a durar 7-8 meses”, dice José Luis Ugarte, experto en derecho laboral de la UDP.

Consultado sobre estas dos situaciones hipotéticas de posibles despidos antes de la negociación y debilitar la huelga poniendo a trabajar a los más movilizados o a la propia directiva, Ugarte reconoce que “son ciertas y son parte del disparate del gobierno con los servicios mínimos. Es un problema grave que no resolvieron con la ley, es un proyecto técnicamente malo. Hay una infinidad de cosas que la DT va a tratar de parchar para salvarle la honra al gobierno, pero son situaciones que no resuelve la ley”.

[caption id="attachment_117865" align="alignnone" width="821"]/ Agencia Uno / Agencia Uno[/caption]

La inevitable judicialización

En octubre pasado, el jefe del departamento de Inspección de la Dirección de Trabajo Jorge Guzmán participó en un seminario de la reforma laboral organizado por la Cámara Nacional de Comercio. En la ocasión, según consigna Pulso, fue directo en reconocer otro riesgo inminente que ven desde la DT: “Hay una alta probabilidad de que esto se judicialice y se lleve nuevamente a revisar su constitucionalidad”, dijo.

La ley le da a la Dirección del Trabajo la responsabilidad de determinar qué califica cómo servicio y qué no. Si una de las partes no está de acuerdo, puede pedir revisión, pero ante la misma Inspección, una decisión que en su momento tomó el gobierno cuando ingresó una serie de indicaciones cuando al proyecto de ley. “Lo que resuelva el inspector del Trabajo en el caso de equipos de emergencia, o el director regional y luego el director nacional, no va a ser contrastado judicialmente por un juez. El legislador obvió la posibilidad de que lo resuelto, que me puede favorecer o perjudicar, sea puesto en conocimiento de un tribunal de trabajo”, dijo Guzmán en el mencionado seminario.

“Va a ser un trámite bastante burocrático, bastante papel, donde lo que la DT va a hacer, si es que las partes no se pusieron de acuerdo, es resolver, después de varios informes, si estamos en presencia de una empresa que presta servicios esenciales o no esenciales”, agregó.

Cuando el gobierno decidió dejar el arbitrio de los servicios a la DT, el objetivo era precisamente evitar instancias judiciales que complejicen el proceso. Pero como no deja de ser una decisión administrativa, desde ya se asume que tanto empleadores como sindicatos acudirán a la justicia si no están de acuerdo con la decisión que tome el organismo. “Esa es otra externalidad negativa de esta reforma, va a haber una gran judicialización sobre los servicios mínimos. La ley da a entender que no, pero va a terminar igual en los tribunales porque en un acto administrativo la DT podría estar vulnerando el derecho a huelga. Todo lo que diga la DT es provisorio, la palabra final la van a tener los tribunales”, dice José Luis Ugarte.

El académico de la UDP pone énfasis en que, a diferencia de las recomendaciones de la OIT, quien resuelva este conflicto sobre los servicios mínimos será precisamente la Dirección del Trabajo, un organismo dependiente del gobierno y, por lo tanto, no autónomo. “Los servicios mínimos van a seguir el humor del gobierno de turno y en aquellas empresas estratégicas donde el gobierno considere que le molesta la huelga, los servicios mínimos se van a ir hacia arriba. Entonces lo único que le queda a los trabajadores es la justicia”, afirma Ugarte.

Líder, Metro y Banco Estado: Los casos que se vienen

Las primeras resoluciones de servicios mínimos serán clave, pues marcarán precedentes sobre cómo debería fallar la Dirección del Trabajo al respecto. Para el período de transición a la nueva legislación, se fijó que todos las empresas y sindicatos que negocien hasta antes del 30 de septiembre pueden recurrir al organismo entre el 1 de enero y el 30 de marzo por el acuerdo de servicios mínimos. Para el resto, se aplica la norma de los 180 días antes de la negociación colectiva.

En total, a 289 mil trabajadores les corresponde negociación colectiva en 2017. Líder, Metro y Banco Estado son algunos de los sindicatos que les corresponde el próximo año, por su visibilidad pública y número de trabajadores que agrupan.

En Líder, el sindicato interempresa se está preparando para la negociación y dicen que en enero tendrán una definición de lo que ellos entienden  por servicios mínimos. “El próximo año empieza a regir la reforma, eso nos da responsabilidad en el quehacer y cómo enfrentamos el proceso, entendiendo que nuestra negociación marcará precedentes”, dice el presidente del sindicato Juan Moreno. Sindicados como “cercanos” a los empleadores, la directiva no debería entrar en mayor conflicto y no se descarta un acuerdo previo.

En Metro, por su parte, la empresa ofreció negociar adelantadamente en marzo y así evitar la nueva legislación. Si la negociación fracasa, en agosto empezaría la negociación colectiva. Desde el sindicato ven desde ya con preocupación el tema de los servicios mínimos. “Nosotros tenemos distinta cantidad de servicio de trenes los sábados y domingos. ¿Qué sería servicio mínimo? ¿lo mismo del fin de semana, que salga un solo tren?”, pregunta Diego Ramírez, delegado de la Línea 2 del sindicato de Metro.

El caso de Metro será paradigmático para la reforma, pues además de seguridad se debería aplicar la causal de utilidad pública. “En caso de huelga, ¿Metro en hora punta va a tener que funcionar lo mismo que ahora? Si vas al Metro y te dicen ‘estoy en huelga’, pero sigue llegando a la misma hora y funciona al mismo ritmo, ¿de qué huelga hablamos? Es complejo porque los servicios mínimos dicen que no van a afectar la esencia del derecho a huelga, pero uno tendería a pensar que sí lo hacen”, dice José Portiño.

Diego Ramírez reconoce que el principal miedo viene con la judicialización de la discusión. “¿En qué pie queda la negociación si el juicio se alarga? Porque va a ser en plena campaña presidencial, e imaginamos que el gobierno también tendrá presión porque no querrá una huelga en plena campaña”, dice. En el sindicato esperan la oferta de la empresa en marzo, pues saben que, aunque sea autónoma, sigue siendo del Estado, y querrán evitar conflicto, pues puede traer costos políticos para el gobierno.

[caption id="attachment_117863" align="alignnone" width="820"]/ Agencia Uno / Agencia Uno[/caption]

El rol clave de la Dirección del Trabajo

Para José Luis Ugarte, “los servicios mínimos son comparables a una bola de nieve, el gobierno se fue creando un Frankenstein. La DT está tratando de poner la cara, pero no tiene ni las competencias ni la capacidad para hacerlo”

Desde abril este año, previo a la aprobación y promulgación de la reforma, que la Dirección del Trabajo creó una unidad especializada de servicios mínimos que viene preparando el tema. Alojado en el departamento de Relaciones Laborales, son seis personas que deberán actual como instancia arbitral y determinar –unilateralmente- qué es y qué no es un servicio mínimo, cuando no haya acuerdo entre las partes.

Salvo el financiamiento especial para la aplicación de la Reforma, la DT no recibió más recursos en el Presupuesto 2017 para asumir la notoria carga extra de trabajo que tendrá. Eso explicaría el limitado número de personas que componen el equipo.

Desde el organismo señalan estar listos para asumir los costos, y que se han preparado todo el año con jornadas de capacitación y captación de 90 funcionarios en regiones dedicados a este tema. En paralelo a sus antiguas labores de fiscalización, ahora le agregan una más investigadora, teniendo que entrar a ver la cara productiva de cada empresa que solicite los servicios. Eso sí, reconocen que la reforma laboral no cumple una de sus promesas: La negociación colectiva no es más simple que antes.