¿Mar para Bolivia o paz para todos?
La semana pasada asistimos al fallo sobre la objeción preliminar de Chile en el marco de la demanda marítima boliviana que se conoce en la Corte Internacional de Justicia de La Haya. A partir de su lectura surgieron muchas interpretaciones en clave de triunfo o fracaso de las pretensiones nacionales en los autos que se sustancian en dicho Tribunal. Resulta llamativo el esfuerzo de nuestras autoridades y asesores jurídicos por tranquilizar a la opinión pública indicando que Chile no está obligado a dar una salida soberana al mar a Bolivia, descartando que al finalizar el actual proceso judicial la integridad territorial chilena sea vulnerada de alguna manera. Con ello, y con bien poco pudor se ha señalado que el problema no existe, y que si existe, no se resolverá de la manera que lo requiere Bolivia.
Esta conclusión no resulta tranquilizadora, ya que puede plantearse que si se continúa en el camino de ubicar esta controversia en el ámbito de la integridad territorial difícilmente habrá una solución pacífica a la misma, toda vez que las partes han instalado en el medio del problema un concepto radical para los dirigentes de nuestros países, tal como es “la soberanía”. De hecho, progresivamente se aprecia un endurecimiento del lenguaje en un discurso diplomático y político que se torna cada vez más duro y poco conciliador.
En la actualidad los ciudadanos podríamos esperar y hasta exigir que los líderes de las naciones resuelvan sus conflictos y diferencias tomando debida nota de las experiencias acumuladas en los siglos anteriores. Cabe plantear que la “razón de Estado” impone la obligación de velar por los intereses colectivos de una nación, sin calificar la integridad territorial o la soberanía como valores en sí mismos, sino que los emplea y articula al servicio de objetivos mayores. Por ejemplo, en el caso de la demanda marítima boliviana, la soberanía nacional puede ponerse al servicio de la paz y el desarrollo de las naciones involucradas en el conflicto.
[caption id="attachment_55343" align="aligncenter" width="560"] Arpillera contra la guerra- Violeta Parra[/caption]
Esta idea puede parecer una entelequia utópica, carente de sentido y difícil de llevar a la práctica. Sin embargo, es exactamente la misma idea que dio origen a la Unión Europea, tal como la conocemos hoy. En efecto, actualmente vemos resultados y símbolos de un proceso de integración exitoso entre las naciones europeas; tales como el euro, la ciudadanía europea, los pactos de estabilidad, el mercado común y el libre tránsito de personas y mercaderías entre los Estados, la política agraria común y la soberanía alimentaria europea, entre otros, olvidando que el origen de este proceso fue un tratado de integración para explotar en conjunto el carbón y el acero. Casi podríamos hablar de un “tratado minero”.
En efecto, apenas terminada la segunda guerra mundial, las principales naciones europeas formaron una zona de integración con dimensiones económicas, territoriales y jurídicas, que se articuló en el Tratado de la Comunidad económica del carbón y el acero (Tratado CECA), suscrito por Alemania, Francia, Italia, Bélgica, Holanda y Luxemburgo en el año 1951 y que expiró el año 2002, incluyéndose a partir de entonces en el Tratado de la Comunidad Europea, actual tratado de la Unión Europea.
Los líderes de aquella época comprendieron que sobre Europa se cernía la amenaza de la dependencia estadounidense, que apoyaba los procesos de reconstrucción a través del Plan Marshall y también la sombra de la Unión Soviética, que ya “apuntaba maneras” en relación a su área de influencia sobre el continente. Se trataba en suma de reconstruir Europa y de resolver un problema de soberanía. Lo llamativo de todo esto es que la respuesta al problema, cuando aún estaban humeantes las armas usadas entre las naciones involucradas, ha sido la mayor innovación que el Derecho Internacional conozca hasta ahora: Ceder soberanía para crear una zona de integración.
Fue el 9 de mayo de 1950 (que se conmemora como el Día de Europa), cuando en una alocución radial el ministro de RREE de Francia, Robert Schuman, invitó a Alemania e Italia a formar una zona de integración para la explotación conjunta de las riquezas minerales de la Cuenca del Rhur. En la mencionada Declaración puede leerse:
“el Gobierno francés propone que se someta el conjunto de la producción franco-alemana de carbón y de acero a una Alta Autoridad común, en una organización abierta a los demás países de Europa. La puesta en común de las producciones de carbón y de acero garantizará inmediatamente la creación de bases comunes de desarrollo económico, primera etapa de la federación europea, y cambiará el destino de esas regiones, que durante tanto tiempo se han dedicado a la fabricación de armas, de las que ellas mismas han sido las primeras víctimas”.
Se instaló por primera vez el denominado “método comunitario”, que se traduce básicamente en establecer una zona integrada, con libre tránsito de personas y mercancías, administrada por una autoridad supranacional (La Alta Autoridad CECA, antecesora de la actual Comisión Europea), con un Tribunal especialmente creado para dirimir controversias en el ámbito de la integración (actual tribunal de Justicia de la Unión Europea) y una Asamblea Parlamentaria (el antecesor del actual Parlamento Europeo).
El denominado “método comunitario” se articula además con una solidaridad de hecho. Los padres fundadores de la actual Unión ya sabían en los años cincuenta que la idea de Europa se haría realidad gracias a realizaciones concretas, que creasen en primer lugar una solidaridad de hecho. Y además, este método asume la tarea de crear una comunidad de Derecho, con un modelo institucional que establece autoridades que están por encima de la soberanía nacional, es decir, autoridades supranacionales, asegurando el logro de objetivos comunes, con atribuciones reguladas en el texto de los Tratados respectivos, como la Comisión o el Tribunal de Justicia, o el actual Banco Central Europeo. Por su parte, los intereses nacionales quedan debidamente representados en el Consejo y los intereses de los ciudadanos en el Parlamento, con elección directa de diputados europeos.
Más allá de la articulación jurídica de estas figuras, que presenta características innovadoras y de gran creatividad jurídica, con perspectiva histórica puede apreciarse que existía en el inicio del proceso una noción clara del objetivo a alcanzar, que no es otro que asegurar la paz entre las naciones integradas. En esa lectura histórica puede observarse avances y retrocesos, crisis de crecimiento, de gestión, serias dificultades económicas, querellas políticas, o problemas de diversa índole, pero un hecho concreto es que desde los días de la Declaración Schuman hasta hoy Europa ha experimentado el período más prolongado de paz que conozca en su historia moderna.
En el ámbito de la integración nuestro continente sólo ha conocido procesos de liberalización comercial, impulsados por organismos internacionales y otras potencias interesadas en expandir mercados. Y si bien el mercado común es un elemento esencial de estos procesos, no se agotan en él los objetivos de la integración económica y política a la que podría aspirarse. Puede ser ésta la oportunidad de plantear la creación de una zona de integración en el sur de Perú, Oeste de Bolivia y Norte Chileno, que permita explotar para beneficio recíproco las riquezas minerales del territorio, abriendo camino a una integración mayor, a la que puedan sumarse otras naciones, con pasos realmente soberanos hacia la creación de un polo de desarrollo económico, que asegure la paz entre los pueblos. Pero no se puede compartir algo de lo que se carece, y para compartir soberanía los Estados deben comportarse como entes soberanos, capaces de articular su destino en aras de objetivos mayores, desprendiéndose de intereses económicos coloniales, que los mantienen atados a viejos paradigmas propios de otra época, como la sacrosanta integridad territorial, que de bien poco sirve si no es al servicio de una estrategia de desarrollo nacional.