Publican esperado reglamento que permite pago a hogares que generen ERNC
La industria y usuarios de energía solar fotovoltaica llevaban más de dos años esperando la publicación del Reglamento que permitirá que pequeños generadores de Energías Renovables no Convencionales (ERNC) puedan inyectar a la red eléctrica los excedentes de esta energía no consumida, recibiendo por ello un pago de la Empresa Distribuidora.
El trámite que faltaba para que esto ocurra era la publicación del Reglamento de la Ley 20.571 de Generación Distribuida en el Diario Oficial, que regula el pago de las tarifas eléctricas de las Generadoras Residenciales y comerciales con capacidad de hasta 100 KW.
Tras su promulgación, la entrada en vigencia de esta ley quedó supeditada a la publicación de su Reglamento, que establecería las condiciones de seguridad y de implementación para la conexión a la red y la inyección de la ERNC. La elaboración de esta normativa demoró bastante más de lo previsto, ya que durante el gobierno de Sebastián Piñera se le introdujeron varias modificaciones, supeditadas a un acuerdo político realizado en el Senado entre algunos parlamentarios y el entonces Ministro de Energía Jorge Bunster.
Si bien la entrada en vigencia de la ley 20.571 supone un paso importante para fomentar el uso de energías renovables, especialmente como la solar fotovoltaica y eólica, una de las principales críticas a la ley promulgada es el precio del kw/hora que las distribuidoras van a pagar.
El proyecto original presentado por el senador Antonio Horvath proponía un sistema denominado Netmetering, donde se netean las energías, considerando valores iguales para lo consumido y lo inyectado, menos el 10% correspondiente a gastos de administración, facturación y mantención de las líneas de distribución.
Sin embargo, con la elaboración del reglamento, el modelo se transformó en Net Billing, donde las inyecciones que realicen los usuarios serán valorizadas al precio que las empresas de distribución traspasan a sus clientes conforme a los precios regulados fijados por decreto, lo que significa que la compañía distribuidora pagará al cliente un valor por cada Kw/h inyectado menor a aquel que el cliente paga. Para un cliente BT1 o Residencial (Medición de energía cuya potencia conectada sea inferior a 10 kW o la demanda sea limitada a 10 kW) significa que los excedentes tendrán un valor de tan solo un 50% aproximadamente del valor al cual compra la electricidad a la distribuidora.
Para el caso de los paneles solares fotovoltaicos, en el actual sistema de Net Billing, el pay back o retorno de la inversión puede llegar a ser de más de 10 años para instalaciones ubicadas en la RM, dependiendo del porcentaje de excedentes, mientras que con un sistema Netmetering ello podría bajar considerablemente.
Es por eso que los empresarios solares afirman que para que exista un fomento real a la implementación de esta tecnología, deberá realizarse una modificación de la Ley, para que se convierta en un Netmetering, siguiendo la tendencia de todos los países y estados en los cuales se han logrado desarrollos importantes en la energía fotovoltaica a nivel distribuido, como Alemania, California y México, entre otros.