Aborto tres causales: TC abrió la puerta a que médicos e instituciones se nieguen a intervenir en caso de violación
Un documento de 297 páginas entregaron ayer por la tarde los ministros del Tribunal Constitucional, con los argumentos del fallo que permitió la promulgación del proyecto de aborto en tres causales.
“Sabemos que hay posiciones religiosas, valóricas y morales involucradas. Sin embargo, no vamos a decidir desde la óptica de la religión, de la moral, de la política, sino que desde la perspectiva de la Constitución. Somos un Tribunal de Derecho”, argumentó el fallo de mayoría de los ministros.
“No vamos a decidir si hay aborto en nuestro país. Esa es una decisión que tomó el Congreso Nacional. Vamos a revisar si esta decisión del legislador se enmarca dentro de los márgenes permitidos por la Constitución”, precisó, para dar paso a abordar cada una de las causales y porqué son constitucionales.
Objeción del equipo e institucional
Sin embargo, hubo un requerimiento que sí aceptaron los ministros: Que la objeción de conciencia se extienda a nivel institucional y al equipo médico.
Esto significa que el Tribunal Constitucional avaló -por ocho votos contra dos- el derecho a no participar en este tipo de intervenciones.
La norma quedó redactada de la siguiente manera: “El médico cirujano requerido para interrumpir el embarazo por alguna de las tres causales descritas en el inciso primero del artículo 119 podrá abstenerse de realizarlo cuando hubiese manifestado su objeción de conciencia al director del establecimiento de salud, en forma escrita y previa. De este mismo derecho gozará el resto del personal al que corresponda desarrollar sus funciones al interior del pabellón quirúrgico durante la intervención”.
Es decir, la objeción se extiende a todo el personal, incluidos técnicos o paramédicos.
Tras el trámite legislativo en el Congreso, la norma decía que "en ningún caso podrá ser invocada (la objeción de conciencia) por una institución". El TC eliminó esta parte y permitió que a nivel corporativo se declare la objeción.
“Ninguna ley puede disponer de las personas como un medio; a un punto tal que incluso a costa de tener que enajenar las propias convicciones que la definen como persona, cual recurso humano, sea puesta a satisfacer los deseos, apetencia o necesidades de otros”, argumentaron los ministros.
Sobre la primera causal, de riesgo de vida para la madre, los médicos no podrán someterse a la objeción en caso de no haya otro cirujano que pueda realizar la intervención.
En el caso de la violación, el tribunal abrió la puerta a que equipos médicos e instituciones se nieguen a ejercer el procedimiento.