Concesionaria de parquímetros de Santiago percibiría anualmente cerca de 2 mil millones de pesos en sobre cobros
Así lo evidenció el estudio encargado por ODECU a Álvaro Miranda, ingeniero en transporte, titulado “Cobros de tarifas de estacionamiento en vía pública en la comuna de Santiago”, el cual midió en terreno los tiempos de estacionamiento en distintas calles de esta comuna, constatando el tiempo efectivo de aparcamiento, tasa de rotación de los espacios disponibles y cálculo de los cobros realizados, comparándolos con un valor referencial de cobro calculado por minuto y no por franjas de tiempo.
Este es el segundo estudio que realiza ODECU vinculado a la industria de los parquímetros.
Actualmente, la modalidad tarifaria es un cobro de 460 pesos por períodos 20 minutos, lo que implica 23 pesos el minuto. La investigación arrojó que el 95,5% de los 399 usuarios de la muestra no coincidieron con el tiempo múltiplo de 20 minutos, por lo que en todos estos casos los usuarios cancelaron un tiempo de estacionamiento mayor al que efectivamente utilizaron, aumentando el ingreso del operador del sistema a costa de cobros por servicios no entregados.
Sólo el 66,5% de lo cobrado corresponde a un servicio efectivamente prestado. El 33,5% restante es cobro injustificado, concluye el estudio. A la vez, la tasa de ocupación de estos parquímetros fue sobre un 90% durante el lapso analizado.
Al proyectar los resultados de esta muestra al total de parquímetros de la comuna de Santiago en un año, la empresa recibiría alrededor de 2 mil millones de pesos por concepto de sobre cobro a los usuarios.
Es por esto que ODECU entabló en 2015 una demanda colectiva en contra de la Municipalidad de Santiago y la empresa concesionaria ECM S.A., administradora de los parquímetros de la vía pública en esta comuna, por enriquecimiento sin causa y daño al patrimonio de los consumidores a través de la práctica de “redondeo al alza”, juicio que entrará a la etapa probatoria.
La nueva ley que regula el cobro en los estacionamientos prohíbe la práctica del redondeo al alza y el pago ahora es por minuto efectivo o por tramo vencido en supermercados, strip centers, malls, clínicas y hospitales, pero no en los parquímetros de la vía pública con contratos vigentes- como ECM en la comuna de Santiago-, sino que será aplicable para las próximas concesiones.
“El hecho que la nueva ley prohíba el redondeo al alza, junto con las evidencias de este estudio, más los datos de nuestro anterior “Estudio Sobre Tarifas de Estacionamientos en Vías Públicas de la Región Metropolitana” de 2014, nos dan una base jurídica sólida para estar optimistas en relación a nuestra demanda en contra de la Municipalidad de Santiago y la concesionaria de parquímetros ECM S.A. Buscamos el cese de la conducta abusiva y que se restituya a los usuarios los dineros mal habidos”, afirma el presidente de ODECU, Stefan Larenas.
“Creemos que la ley debió contemplar también a las concesionarias con contratos vigentes, pues de otro modo hay un contrasentido. Por un lado se prohíbe una práctica abusiva, pero al mismo tiempo están avalando que siga ocurriendo con las concesiones vigentes de parquímetros en la vía pública. Claramente los legisladores con esto están blindando a una industria que está actuando de manera abusiva y contrario al derecho”, concluye Stefan Larenas.